2. Los Estados miembros adoptarán las medidas administrativas y judiciales adecuadas para impedir o poner fin a la utilización ilegal de los nombres de los productos o servicios producidos o comercializados en su territorio que estén amparados por indicaciones geográficas registradas al amparo del presente Reglamento. Se entenderá por «envejecimiento https://directmysocial.com/story301191/una-llave-simple-para-venta-de-bebidas-alcoholicas-en-oruro-unveiled