Es lo que se conoce como litigar en causa propia, posibilidad que está contenida en el artículo 33 del Código Procesal del Trabajo: Con fundamento en los hechos expuestos, muy comedidamente solicito al señor enjuiciador, que previo el inspección de mi personería para actuar como agente de la parte demandante. https://letsbookmarkit.com/story19868493/demanda-laboral-cosas-que-debe-saber-antes-de-comprar